Diputado Luis Fernando Sánchez llevó hasta Fiscalía denuncia por Ofensa al pudor y Abuso sexual impropio contra el alcalde de Concón

El diputado del Partido Republicano, Luis Fernando Sánchez, presentó una denuncia contra el alcalde de Concón por ofensa al pudor y abuso sexual impropio en el marco de la actividad “Festi Pride Concón”, en la que se promocionó el uso de juguetes sexuales y se repartieron condones y lubricantes a menores de edad.

Diputado presenta denuncia contra alcalde de Concón por ofensa al pudor y abuso sexual impropio

El diputado del Partido Republicano, Luis Fernando Sánchez ingresó este martes a la Fiscalía una denuncia por Ofensas al pudor y exhibición de material pornográfico a menores en el marco de la actividad denominada «Festi Pride Concón» que se realizó este fin de semana en dicha localidad y en donde se promocionó el uso de juguetes sexuales y se repartieron condones y lubricantes a menores de edad.

El legislador PR cuestionó el financiamiento de esta actividad por parte del municipio de Concón en el marco del cierre del mes del orgullo LGTB, indicando, además que este tipo de actividades son completamente inapropiadas para niños: “una cosa es lo que hagan los adultos, pero lo que hay acá es un exceso, porque a todas luces este contenido es para mayores de edad”, dijo el legislador.

El diputado Sánchez agregó que “lo sucedido fue publicitado como una actividad familiar, organizada por la municipalidad, con la presencia y conocimiento del propio alcalde, por lo que creemos que, dado su cargo, por conocimiento u omisión, el tiene responsabilidad en los hechos ocurridos”.

La denuncia se le envió al fiscal nacional para que se le de toda la seriedad que se merece esta investigación en el objetivo de determinar responsabilidades y con el fin de no normalizar que se hagan este tipo de actividades frente a niños sin educarlos previamente sobre el tema.

Cabe señalar que en el oficio entregado a fiscalía, el legislador explicó que el Código Penal, determina en su Título VII, los crímenes y delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual, tipifica como delito de abuso sexual impropio, en su artículo 366inciso segundo aquella conducta en que, “Si se determinare a una persona menor de catorce años a realizar acciones de significación sexual delante suyo o de otro, o se la hiciere ver o escuchar material pornográfico o de explotación sexual o presenciar espectáculos del mismo carácter, la pena será presidio menor en su grado máximo.”.

*Adjuntamos Oficio enviado al Fiscal Nacional, Ángel Valencia.

documento 18-7-23

Ir al contenido